DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgado N° 5 en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: CONDENA a el ciudadano HENRY PASTOR SILVA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 5.263.239, nacido en fecha 05-07-1945, de 61 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Comerciante, residenciado en la Avenida 18 entre 13 y 14, Sierra Maestra, Casa Nro. 38-123 a una cuadra antes esta la Ferretería “El Moreno”, de la ciudad de Maracaibo Estado Zulia, a sufrir la pena de un dos (02) de prisión por la comisión del delito de ROBO EN LA MODALIDAD DE ARREBATON previsto y sancionado en el artículo 456 del Código Penal en su único aparte SEGUNDO: Se imponen como penas accesorias a la principal, las consagradas en el artículo 16 del Código Penal TERCER.....