Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: CLAUDIA MILENA MURILLO URIBE, Venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad número V-14.749.047 , de este domicilio, conforme alo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de CIENTO TRECE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 113.000.000 ), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos, debidamente identificados, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad col 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficien.....