este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda intentada por el ciudadano ANDRES PASCUAL LLEDO DURA, actuando en su propio nombre y de su cónyuge, la ciudadana LYSBETH ZALDAÑA SALMERON DE LLEDO, anteriormente identificados, debidamente representados judicialmente por la Abogada en ejercicio HAYDEE JOSEFINA DAZA ARTIGAS, inscrita en el I.P.S.A bajo el N° 15.954., en contra del ciudadano PASTOR JOSE MUJICA RINCONES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-7.319.409, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 90.365, actuando en su propio nombre y representación, por motivo de NULIDAD DE CESION DE DERECHOS. En consecuencia, se DECLARA nula la cesión de derechos, así como el asiento registral Nro. 1 que por do.....