Con los recaudos acompañados y la notificación de la Fiscal Décimo Quinta del Ministerio Público consignada, ha quedado comprobado el error, por lo que este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley ACUERDA rectificar dicha PARTIDA DE NACIMIENTO, del ciudadano CRUZ MARIA PEREZ ALVARADO, venezolano, mayor de edad, de cédula de identidad Nº V-2.597.771, de este domicilio, en el sentido de que se asiente correctamente el Nombre de su madre: “PETRA DEL CARMEN ALVARADO PEREZ”.- En consecuencia, se ordena al Prefecto del Municipio Moran del Estado Lara y al Registrador Principal del Estado Lara, inserten la nota marginal correspondiente en la Partida de Nacimiento signada bajo el Nº 754, folio 377 vto, de fecha 29-12-1944. Queda firme en esta misma fecha.-
Publíquese y regístrese.- Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal, en Barquisimeto a los Cinco (05) días del mes de Mayo de dos mil Ocho. Años. 198º y 149º.-