/Este Tribunal Primero de Primera Instancia en función de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, con fundamento en el artículo 479 numeral 1º, 493, 494 y 506 del Código Orgánico Procesal Penal, ACUERDA al penado FRANDEL JOSE PEREZ RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V 19.887.823, el BENEFICIO DE SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, por el plazo de UN (1) AÑO; se imponen las condiciones siguientes: 1.- Mantenerse en el domicilio actual, de realizar cambio deberá notificarlo inmediatamente al tribunal. 2.-Deberá recibir orientación de su delegado de prueba a fin de que no se involucre en un nuevo hecho al margen de la Ley. 3.- Continuar con sus responsabilidades. 4.- Asistir a charlas de crecimiento personal. Notifíquese al penado haciéndole saber que debe presentarse ante este Despacho, el día Lunes posterior a su notificación, con el objeto de imponerlo de la presen.....