/Este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 4, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en atención a lo dispuesto en el artículo 497 del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA LA EXTINCION DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL, por el cumplimiento de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena a la penado: RONALD JOSÉ ZAPATA ALDANA, CI. Nº 18808127, nacido el 29-09-1987, de 22 años de edad, natural de Carora, hijo de Belkis Rodríguez y Cristian Antonio Lameda, soltero, residenciado en el Barrio Santa Isabel, calle 05 entre 02 y 03, casa S/N, a 50 metros del abasto "La Economia", Barquisimeto Estado Lara, Notifíquese al Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Estado Lara, a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, al penado y a la defensa. - REGISTRESE.- PUBLIQUESE.- CUMPLASE.-