DECIDE:
PRIMERO: Declara la Extinción de la Acción Penal, por haberse cumplido total y cabalmente con el Régimen de Prueba, impuesto en fecha 14ABR2011 por este Despacho, al ciudadano: MIJARES VARGAS TITO GABRIEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.583.377, de 24 años de edad, nacido el 24 de Junio de 1.988, natural de Caracas, Distrito Capital, residenciado en el Barrio Ramón Uzcateguí, Los Haticos, calle Nº 126, casa Nº 126, Avenida 20B, Caracas, Distrito Capital, Teléfono (s) (0261) 765.44.38; 765.26.50, quien fuera plaza del Apostadero Naval "TN. Jacinto Muñoz," por la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 527, ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Decreta el Sobreseimiento de la Causa, al imputado: MIJARES VARGAS TITO GABRIEL, titular de la cédula de identidad Nº V- 20.583.377, por la comisión del delito militar de Deserción, previsto y sancionado en los artículos 523, 527, ordinal 1º y 528 del C.....