En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella por INTERDICTO DE AMPARO intentada por las Ciudadanas LUISA JANETTE MAC DONALD WALLACE y SYBIL PETRICA MAC DONALD WALLACE, venezolanas, solteras, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 3.024.320 y 2.792.268 asistidas por el profesional del derecho JORGE SAMBRANO MORALES, titular de la cédula de identidad Nro. 8.853.815, e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 25.138 propone querella interdictal de amparo (Perturbación) en contra de los ciudadanos ALFONZA WALLACE DE HARRY y SULEIMA ALBERTA HAMILTON ACOSTA venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 473.384 y 8.943.046 respectivamente, en virtud que es contraria .....