Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por la ciudadana DANIELSY ISABEL GAMEZ DURAN, venezolana, mayor de edad y titulare de la cédula de identidad Nº 17.723.223, contra la ciudadana DINORAH ARENAS GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 7.321.368, respectivamente. En consecuencia, se declara reconocido el presente documento:
"YO, DINORAH ARENAS GOMEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad No V-7.321.368, de este domicilio; por medio del-presente documento declaro: Que doy en VENTA PURA Y SIMPLE, n inmueble constituido por una.....