, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL Nº 11 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EXTENSIÓN CARORA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY PASA A DECIDIR EN LOS SIGUIENTES TÉRMINOS: Este Tribunal Acuerda otorgar una nueva oportunidad al probacionario de Autos, instándolo a darle cumplimiento al mismo, por lo que amplia el lapso por 6 meses mas, debiendo cumplir las condiciones acordadas en fecha 15-07-2014, por cuanto se observa de la revisión exhaustiva del asunto que el probacionario no ha dado cumplimento a las condiciones impuestas en la referida fecha, como es: Residir en lugar, Permanecer en un trabajo estable, no verse involucrado en otro hecho punible ni reincidir en este, realizar 6 trabajos comunitarios uno mensual que no obstruya su faena laboral, para lo cual deberá consignar constancias de haberlos realizados; caso contrario la Suspensión Condicio.....