Decisiones del dia 01/08/2011 
				   
				 
	
				  
			 
			
			
	  
	 
  
			  
				
                   
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-M-2011-375  
						  
						  N° Sentencia :
							
								710  
						  
						  Fecha: 01/08/2011  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Del análisis de lo anterior, y tomando en cuenta que la competencia es un requisito indispensable para que el Juez entre a examinar el mérito de la causa, y sus actuaciones deben ser cumplidas dentro de los límites de las atribuciones que acuerdan las leyes, es por lo que a juicio de este Sentenciador y en acatamiento a lo establecido en los artículos 42 y 60 del Código de Procedimiento Civil, que las presentes actuaciones deben pasarse al Juez competente con jurisdicción en  el Municipio Palavecino y Simón Planas, Estado Lara, para que este continúe el conocimiento de la presente causa. Remítase désele salida una vez precuido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.-
 
           El Juez
Abg. Delia Josefina González De Leal
								  La Secretaria
 
								Abg. Emma García
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Martin Enrique Bonilla Alvarado 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Segundo del Municipio Iribarren 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-J-2011-003436  
						  
						  N° Sentencia :
							
								Nº1882-2011  
						  
						  Fecha: 01/08/2011  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su Homologación al acuerdo sobre la Obligación de Manutención, según acta levantada en la Defensoría en fecha veinte (20) de julio de dos mil once (2.011), el cual consiste en lo siguiente: "Primero: establece la cantidad de doscientos bolívares (Bsf. 200) semanal los cuales serán entregados a la madre de la niña a partir del día viernes 22/07/2011. Segundo: Lo concerniente a útiles escolares y uniformes, serán compartidos en un cincuenta por ciento (50%) por ambos progenitores. Tercero: Referente al derecho a la salud, exámenes médic.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Rosangela Mercedes Sorondo Gil 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								KO12-V-2011-000157  
						  
						  N° Sentencia :
							
								59  
						  
						  Fecha: 01/08/2011  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Con fundamento a lo precedentemente expuesto y con base a las normativas de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: Con lugar, la demanda de Cumplimiento de Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana Marbelys Jacqueline Gómez Herrera, ya identificada, en representación de su hija contra el ciudadano Elvys Arístides Sánchez Riera, ya identificado. En consecuencia, se CONDENA al ciudadano ante mencionado, al pago de la cantidad de un mil ochocientos bolívares (Bs. 1.800,00) mas los intereses al doce por ciento anual (12%) por el atraso injustificado en el pago de la obligación de manutención, a tenor de la norma del artículo 374 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y  Adolescentes, que viene a ser la cantidad de dos.....
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Raquel Castillo de Zubillaga 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes  
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-Z-2002-001334  
						  
						  N° Sentencia :
							
								551-2011  
						  
						  Fecha: 01/08/2011  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: este Tribunal Primero de Primera Instancia Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley  y a tenor de lo previsto en el artículo 383 ordinal "b" de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, declara la Extinción de la Obligación de Manutención, presentada por la ciudadana MARTHA OLIVIA CIPULLO OROCHENA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-4.126.872, y en contra del ciudadano LEONARDO INTOCI DICURU, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.919.383, en beneficio de sus hijos LAURA MARYHEDNA, TAHIRI LEONELA y LEONARDO GABRIEL, todos plenamente identificados en autos, y se da por terminada la presente causa y  ordena el archivo definitivo del mismo, y la entrega de los recaudos originales que constan en el mismo previa consignación de copias certificadas. 
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Holanda Dam Hurtado 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-J-2011-003366  
						  
						  N° Sentencia :
							
								2107-2011  
						  
						  Fecha: 01/08/2011  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de fijación de obligación de manutención, de conformidad al artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente el cual consiste en lo siguiente: 
 "UNICO: El padre aportará la cantidad de MIL BOLIVARES MENSUALES (BS. 1.000,00), para los gastos de alimentos adquiridos por el padre y este a su vez le entregará a la madre las facturas de los gastos como prueba del cumplimiento de la referida obligación; mas el CINCUENTA POR CIENTO (50%), de los gastos de pañales desechables, ropa calzado uniforme y útiles escolares, decembrinos, medicinas, médicos, vitaminas, recreación, cultura, deporte y el resto de los gastos que se generen". Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados......
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Alida Villasana de Andueza 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución 
						 
					 
					
			      
				  
				  
					    
						  
					      N° Expediente :
								KP02-J-2011-003397  
						  
						  N° Sentencia :
							
								2111-2011  
						  
						  Fecha: 01/08/2011  
						 
					  
					
					  Procedimiento:  
					
					
					  Partes:  
					
					  
					
						
						Resumen: 
Este Tribunal en atención a lo estipulado en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, estando dentro del lapso legal establecido, le imparte su HOMOLOGACIÓN al acuerdo de obligación de manutención, de conformidad al artículo 365 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente el cual consiste en lo siguiente: 
 "UNICO: El padre aportará la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA BOLIVARES QUINCENALES (BS. 250,00), para los gastos de alimento, depositados en cuanta bancaria de ahorros del banco Mercantil Nº 01050743030743047648, y el CINCUENTA POR CIENTO (50%), de los gastos de ropa, calzado, uniformes, útiles escolares, medicinas, médicos, vacunas, vitaminas, decembrinas, recreación, cultura, deporte y el resto de los gastos que se generen". Téngase el presente acuerdo como sentencia firme ejecutoriada y expídase copia certificada de la misma a los interesados. Así se decide. 
 
					 
					  
					
						
						Juez/Ponente: Alida Villasana de Andueza 
						 
					 
					  
					
						
						Organo: Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución