IV
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del estado Lara administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y con base en los artículos 444 y 450 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR LA DEMANDA DE RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, incoada por los ciudadanos: JOSE ANTONIO VARGAS MARCHAN y MARIA ALEXANDRA MARTINEZ ROJAS, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nº 20.925.233 y 20.719.871, respectivamente, debidamente asistidos por la abogada HIDANIA MORELYS DIAZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el Nº205.170, contra el ciudadano ANGEL RAFAEL VARGAS MARCHAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº22.323.569. En consecuencia, se declara reconocido el presente documento:
‘’ Yo, ANGEL RAFAEL VARGAS MARCHAN, venezolano, m.....