DISPOSITIVA
Por los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, HOMOLOGA LA PARTICIÓN AMIGABLE de bienes habidos en la comunidad conyugal, peticionada por los ciudadanos WALTER WILLIAN FERNANDEZ RIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 13.864.679, representado por su apoderado judicial el abogado HEBER A. MARTINEZ E, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 119.508, y la ciudadana MARIELA JOSEFINA CARUCI VARGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 12.701.407, debidamente asistida por el abogado HEBER A. MARTINEZ E, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 119.508.-
Ahora bien, vista la homologación impartida, este Tribunal debe tener y dar por definitivo que la liquida.....