En virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana LUISA MARIA MARTINEZ GAMBOA en contra de la empresa CENTRO TURISTICO ALTO LLANO S.R.L.
SEGUNDO: Se condena a la demandada CENTRO TURISTICO ALTO LLANO S.R.L. al pago de la cantidad de NUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 9.133.369,97) por los conceptos reclamados discriminados en la motiva del presente fallo
TERCERO: Se condena, igualmente a la demandada, al pago por indexación monetaria sobre el monto condenado de NUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON NOVENTA Y SIETE CENTIMOS (Bs. 9.133.369,97) lo cual será determin.....