Seguidamente La Juez oidas la exposición de las partes, habida cuenta que la mediación resultó positiva y observandose que el presente acuerdo se encuentra ajustado a lo previsto en el articulo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo; nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley le imparte la homologación al presente acuerdo, otorgandole carácter de cosa juzgada. Todo ello de conformidad con lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.