En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Terminado el procedimiento interpuesto por el ciudadano YANEZ PEDRO, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.678.338, en contra de NESTLE VENEZUELA S.A. Y se ordena su archivo definitivo, en virtud de la solicitud del retiro de los cheques consignados por la demandada en el presente procedimiento de Calificación de Despido.