Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADO la Transacción celebrada entre el Ciudadano JESUS ALBERTO NIEVES GÓMEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.763.634 de este domicilio, debidamente asistido por el profesional del derecho Abogado Francisco Panto, inscrito en el I.P.S.A. bajo el No. 104.270, y de este domicilio, por la parte demandante y por la parte demandada la Sociedad Mercantil EL JARDÍN DE SABANETA S.A, mediante su apoderado judicial Abogado ALBERTO RIERA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 42.133, todo ello de conformidad con el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo (anterior ley) ; articulo 19 de la vigente ley; los artículos 10 y 11 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia con el artículo .....