Este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: LA INAMISIBILIDAD de la presente solicitud de calificación de despido interpuesta por la ciudadano EMIR LEONARDO MUJICA SANTELIZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 10.842.672 por su apoderado judicial abogado en ejercicio CORISMAR URANGA abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 127.490.la empresa RESTAURANTE LOS FAROLES C.A.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas, dada la naturaleza especial de la presente causa.