En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana ROSAURA FRANCO identificado en autos en contra de la Sociedad anónima JOSFRES SPORT PUBLICIDAD, C.A.
SEGUNDO: Se ordena a la Sociedad anónima JOSFRES SPORT PUBLICIDAD, C.A . que pague a la ciudadana DILCIA COROMOTO MENDOZA, identificado en autos la cantidad de CIENTO TREINTA Y DOS MIL NOVECIENTOS DIECINUEVE BOLIVARES CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs. 132.919,54), más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo que realizará un solo perito que designará el Tribunal, y la cual se ordena a los fines de determinar: 1) La indexación sobre las cantidades condenadas a pagar. Ahora bien, con respecto a la corrección monetaria.....