Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR la nulidad de la providencia administrativa Nº 01175, de fecha 29 de Agosto de 2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pío Tamayo", de Barquisimeto, Estado Lara, en el procedimiento administrativo llevado en el expediente Nº 005-2010-01-01285, que declaró con lugar el reenganche y pago de salarios caídos de la ciudadana MERY RODRIGUEZ MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.543.388, además debe tenerse como accionada en sede administrativa la sociedad mercantil MI & GO C.A y como trabajadora y beneficiaria de la providencia administrativa en todos sus efectos legales consiguientes a la ciudadana MERY RODRIGUEZ MENDOZA, ampliamente identificada en autos como tercera interesada en el presente asunto. Así se decide.