Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: La Perención de la Instancia por abandono del trámite correspondiente a la presente acción de Nulidad de Acto Administrativo de efectos particulares, ejercida por la sociedad mercantil RODHIA SILICES DE VENEZUELA, C.A., representada por su apoderada judicial abogado ILEANA PORTELES MEZA, abogado en ejercicio inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 80.219, en contra de la Providencia Administrativa N° 00172, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara sede Pedro Pascual Abarca, de fecha 20 de Mayo de 2.009, que declaró con lugar la solicitud en procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos, instaurado por el ciudadano IVAN JOSÉ ROBLES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-5.861......