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Decisiones del dia 29/09/2011

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
Paginas 1 [Total de sentencias: 8] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-N-2011-000082 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2011
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
IMPORTADORA ACIPROSALUD, C.A. VS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 1244, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO PEDRO PASCUAL ABARCA DEL ESTADO LARA, DE FECHA 15 DE OCTUBRE DE 2010 EN PROCEDIMIENTO DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INTENTADO POR LA CIUDADANA MARIA ANDREINA PERDOMO MATOS CONTRA IMPORTADORA ACIPROSALUD, C.A
Resumen:
Verificada la representación de la mencionada abogada y su facultad expresa para desistir, se ha constatado que se encuentran cubiertos los requisitos legales; por lo que se homologa el desistimiento manifestado por la parte actora, conforme a lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, por remisión supletoria del Artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KP02-O-2011-000124 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2011
Procedimiento:
Amparo Constitucional
Partes:
Resumen:
Ahora bien, vista la declaración del agraviante de convenir en la violación flagrante de derechos constitucionales al no cumplir con la providencia administrativa dictada por la Inspectoría del Trabajo del Estado Lara, y existiendo el consentimiento expreso del querellante en la violación constitucional ocurrida, resulta forzoso para este Tribunal declara inadmisible in limine litis la acción de amparo interpuesta, de conformidad con el Artículo 6, Nº 4 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales. Así decide.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KP02-N-2011-000661 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2011
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
SERVICIOS GENERALES DE MANTENIMIENTO, C.A. (SEGEMA) VS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 251, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO PEDRO PASCUAL ABARCA DEL ESTADO LARA, DE FECHA 14 DE MARZO DE 2011, EN PROCEDIMIENTO DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INTENTADO POR EL CIUDADANO HILARIO JOSÉ ÁLVAREZ RODRÍGUEZ CONTRA SERVICIOS GENERALES DE MANTENIMIENTO, C.A. (SEGEMA).
Resumen:
Como ya se dijo, la parte actora no subsanó el escrito libelar tal como lo ordenó este Juzgado; ahora bien, vista que la información requerida forma parte de los requisitos establecidos en el Artículo 33 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para su respectiva admisión, resulta forzoso para este Tribunal declarar la inadmisibilidad de la demanda, a tenor de lo establecido en el Artículo 36 eiusdem. Así declara.
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KH09-X-2011-000111 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2011
Procedimiento:
Procedimiento
Partes:
MARIA ANDREINA PERDOMO MATOS VS (1) ISRAEL ALFREDO ORTA D´ APOLLO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-17.308.546, ABOGADO INSCRITO EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 133.306; (2) CLAUDIA OROPEZA MENDEZ, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-16.642.111, ABOGADA INSCRITA EN EL INPREABOGADO BAJO EL Nº 133.179; (3) DOMINGO JAVIER SALGADO RODRÍGUEZ, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V-10.383.311
Resumen:
Ahora bien, visto el escrito presentado por la presunta infractora y lo manifestado por la trabajadora ¿aquí denunciante- en el escrito transaccional, no existiendo en autos pruebas que demuestren actitud de los abogados que violentara los fines del proceso en los términos del Articulo 48 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ni causara un perjuicio grave que afectara su situación procesal, es por lo que se declara el sobreseimiento del procedimiento. Así se decide.-
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KH09-X-2011-000181 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2011
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
AZUCARERA RIO TURBIO C.A VS PPROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 0531, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO PÍO TAMAYO DEL ESTADO LARA, DE FECHA 29 DE ABRIL DE 2011 EN PROCEDIMIENTO DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INTENTADO POR EL CIUDADANO JOSÉ LUÍS SEQUERA CONTRA AZUCARERA RIO TURBIO C.A
Resumen:
Es importante observar que el vicio denunciado se refiere a la apreciación de las pruebas por parte del Inspector del Trabajo, por lo que requiere un análisis de las peticiones de fondo. Por lo tanto, no es evidente en autos "la apariencia del buen derecho invocado" y acordarla equivaldría a "prejuzgar sobre la decisión definitiva", contrariando lo dispuesto en el Artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LOJCA); además, respecto al periculum in mora, la parte actora no determinó específicamente las lesiones irreparables o de difícil reparación que deriven de la ejecución de la providencia administrativa. Por lo expuesto, este Tribunal niega la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo de efectos particulares ya identificado. Lo anterior no impide al solicitante obtener la suspensión parcial de los efectos del acto administrativo, si cumple con la garantía que fije el Tribunal, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 104 de la .....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KH09-X-2011-000180 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2011
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
AZUCARERA RIO TURBIO C.A VS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 0429, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO PÍO TAMAYO DEL ESTADO LARA, DE FECHA 11 DE ABRIL DE 2011 EN PROCEDIMIENTO DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INTENTADO POR EL CIUDADANO LUÍS ENRIQUE DÍAZ MORILLO CONTRA AZUCARERA RIO TURBIO C.A
Resumen:
Es importante observar que el vicio denunciado se refiere a la apreciación de las pruebas por parte del Inspector del Trabajo, por lo que requiere un análisis de las peticiones de fondo. Por lo tanto, no es evidente en autos "la apariencia del buen derecho invocado" y acordarla equivaldría a "prejuzgar sobre la decisión definitiva", contrariando lo dispuesto en el Artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LOJCA); además, respecto al periculum in mora, la parte actora no determinó específicamente las lesiones irreparables o de difícil reparación que deriven de la ejecución de la providencia administrativa. Por lo expuesto, este Tribunal niega la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo de efectos particulares ya identificado. Lo anterior no impide al solicitante obtener la suspensión parcial de los efectos del acto administrativo, si cumple con la garantía que fije el Tribunal, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 104 de la .....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KH09-X-2011-000182 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2011
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
AZUCARERA RIO TURBIO C.A VS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 0415, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO PÍO TAMAYO DEL ESTADO LARA, DE FECHA 11 DE ABRIL DE 2011 EN PROCEDIMIENTO DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INTENTADO POR EL CIUDADANO JORGE MUJICA CONTRA AZUCARERA RIO TURBIO C.A
Resumen:
Es importante observar que el vicio denunciado se refiere a la apreciación de las pruebas por parte del Inspector del Trabajo, por lo que requiere un análisis de las peticiones de fondo. Por lo tanto, no es evidente en autos "la apariencia del buen derecho invocado" y acordarla equivaldría a "prejuzgar sobre la decisión definitiva", contrariando lo dispuesto en el Artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LOJCA); además, respecto al periculum in mora, la parte actora no determinó específicamente las lesiones irreparables o de difícil reparación que deriven de la ejecución de la providencia administrativa. Por lo expuesto, este Tribunal niega la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo de efectos particulares ya identificado. Lo anterior no impide al solicitante obtener la suspensión parcial de los efectos del acto administrativo, si cumple con la garantía que fije el Tribunal, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 104 de la .....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

N° Expediente : KH09-X-2011-000179 N° Sentencia : Fecha: 29/09/2011
Procedimiento:
Recurso De Nulidad
Partes:
AZUCARERA RIO TURBIO C.A, VS PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 0539, EMANADA DE LA INSPECTORÍA DEL TRABAJO PÍO TAMAYO DEL ESTADO LARA, DE FECHA 29 DE ABRIL DE 2011 EN PROCEDIMIENTO DE REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAÍDOS INTENTADO POR EL CIUDADANO NERIO JOSÉ ESCALONA CONTRA AZUCARERA RIO TURBIO C.A
Resumen:
Es importante observar que el vicio denunciado se refiere a la apreciación de las pruebas por parte del Inspector del Trabajo, por lo que requiere un análisis de las peticiones de fondo. Por lo tanto, no es evidente en autos "la apariencia del buen derecho invocado" y acordarla equivaldría a "prejuzgar sobre la decisión definitiva", contrariando lo dispuesto en el Artículo 104 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LOJCA); además, respecto al periculum in mora, la parte actora no determinó específicamente las lesiones irreparables o de difícil reparación que deriven de la ejecución de la providencia administrativa. Por lo expuesto, este Tribunal niega la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo de efectos particulares ya identificado. Lo anterior no impide al solicitante obtener la suspensión parcial de los efectos del acto administrativo, si cumple con la garantía que fije el Tribunal, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 104 de la .....
Juez/Ponente:
José Manuel Arraiz Cabrices
Organo:
Juzgado Primero de Juicio del Trabajo
arriba

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