El 28 de febrero de 2011, en la hora fijada y anunciándose conforme a la Ley, se dejó constancia de la incomparecencia de la demandada a la audiencia de juicio, por lo que se activa la presunción de admisión sobre los hechos de conformidad con el Artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; igualmente se inició la audiencia de juicio; se procedió a evacuar las pruebas y la actora manifestó que impugnaba los folios 25 y 26, desconociendo su contenido y firma, no hizo más observaciones por lo que se concluyó la misma, el Juez dictó el dispositivo oral (folios 35 y 36), procediendo a explanarlo en forma escrita, conforme a lo dispuesto en el Articulo 158 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.