este JUZGADO SUPERIOR DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 18 de septiembre de 2004, por el abogado JESUS ALBERTO GUILLEN, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio del Trabajo del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, de fecha 15 de junio de 2004, en el juicio por cobro de prestaciones sociales seguido por el ciudadano CESAR AMADOR GARCÍA MUJICA, venezolano, mayor de edad, cédula de identidad Nº 2.914.800, de este domicilio, representado judicialmente por la abogada DILCIA CORDERO PERAZA, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 19.852, en contra de la empresa INDUSTRIAS LA PREFERIDA, C.A, inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 01 de agosto de 2001, bajo el N° 55, Tomo 30-A, folio.....