Este Juzgado Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACION interpuesto en fecha 02 de julio del 2002, por el abogado IVAN CORDERO ANZOLA, en contra de la sentencia proferida por el Juzgado Primero de los Municipios Palavecinos y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara en fecha 25 de junio de 2002, mediante la cual se declaró parcialmente con lugar la acción intentada por el ciudadano FELIX FERNANDO MARIN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.933.662, de este domicilio, contra la empresa AMPECA, ACEROS MUEBLES PIEZAS Y EQUIPOS C.A, sociedad mercantil, debidamente inscrita en el Registro Mercantil Segundo DE LA circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 01 de agosto del 2001, bajo el N° 38-A, N° 20.