En razón de las anteriores consideraciones, este JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: EL DECAIMIENTO DEL OBJETO DE LA APELACIÓN, ejercida contra la sentencia definitiva dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 13 de julio del año 2018, en el asunto N° KP02-V-2018-000340.
SEGUNDO: DESECHADA LA DEMANDA Y EXTINGUIDO EL PROCESO, contenido en el asunto N° KP02-V-2018-000340, por aplicación del artículo 356 del Código de Procedimiento Civil.