Se dictó sentencia interlocutoria mediante la cual se ACEPTA LA DECLINATORIA DE COMPETENCIA por la materia, que fuera formulada por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, y declara la competencia de esta alzada para conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto en fecha 14 de abril de 2014, por los abogados Luis Eduardo Pérez Ramones, Pastor José Mujica Rincones, contra la sentencia definitiva dictada en fecha 20 de marzo de 2014, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en la causa por cobro de honorarios profesionales, intentada por los mencionados abogados, contra la firma mercantil Talleres Barquisimeto, C.A (TABACA), todos plenamente identificados a los autos.