DECISIÓN.
Por todas las razones antes expuestas es por lo que este Tribunal del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR, la demanda de DESALOJO, intentada por los ciudadanos ANA JOSEFA VELASQUEZ DE LORENZETTO, GIAN FREDDYS LORENZETTO VELASQUEZ, MARIA JOSEFINA LORENZETTO VELASQUEZ y GIAN CARLOS LORENZETTO VELASQUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédula de identidad Nros. V-974.933, V-4.803.455, V-5.930.498, y V-9.630.682, respectivamente, representados judicialmente por el Abogado JULIO LUIS SUAREZ CHAVEZ, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.357, de este domicilio, en contra de la FIRMA MERCANTIL FERREAGRO W, inscrita ante el Registro Mercantil Primero del Estado Lara en fecha 02/10/2003, bajo el Nº 35, Tomo 34-A. Se condena en Costas Procesales a la parte demandante por haber sido totalmente vencida en la presente causa. Expídase por Secreta.....