Vista la transacción presentada en fecha 05 de junio del año 2.012, entre el ciudadano JAVIER EVARISTO BOZA BOZA, antes identificado, representado judicialmente por el Abogado JULIO LUÍS SUÁREZ CHAVEZ, debidamente inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 92.357 y la sociedad mercantil TRANSPORTE D&J, CA, identificada con anterioridad, y representada judicialmente por la abogada GIOVANNA TOMEI, debidamente inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nº 108.632, en su carácter de apoderado del ciudadano HÉCTOR JAVIER CARRASCO PEREIRA, identificado con anterioridad, este Tribunal conforme a lo dispuesto en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN correspondiente por no ser contraria a derecho, teniéndose como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Archívese el expediente y remítase en su oportunidad al Archivo Judicial Regional.
Expídase por Secre.....