Vista la solicitud presentada por la ciudadana LUZ STELLA CADAVID de RAMIREZ, extranjera, viuda, titular de la Cédula de Identidad Nº E-605.407, asistida por el Abogado ALEXANDER CORONADO GONZALEZ, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nº 40.494, en la cual solicita que conjuntamente con sus hijos ciudadanos JUAN ANDRES RAMIREZ CADAVID, LUIS FERNANDO RAMIREZ CADIVID y CARLOS MARIO RAMIREZ CADAVID, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-13.345.113, V-10.768.268 y V-14.245.653 respectivamente, se les declaren como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante ANDRES AUGUSTO RAMIREZ TORRES, quien era de nacionalidad venezolano, mayor de edad, casado, de profesión Médico, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.929.858, y quien falleció el día 21 de Mayo de 2009, en la Policlínica Barquisimeto, de la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara. La solicitud se admitió a sustanciación. En consecuencia, por tratarse de un caso de filiación para asegurar los derec.....