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Decisiones del dia 15/12/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
Paginas 1 [Total de sentencias: 3] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-M-2006-472 N° Sentencia : 65 Fecha: 15/12/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolívares
Partes:
DTE: PANADERIA Y PASTELERÍA EL AMANECER DDO: PROCALARA 2001, C.A.
Resumen:
se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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N° Expediente : KP02-T-2006-40 N° Sentencia : 67 Fecha: 15/12/2006
Procedimiento:
Daños Materiales
Partes:
DTE: EFRAIN BEDOYA DDO: CARLOS BENITEZ GRATEROL
Resumen:
admitida como quedó la concurrencia del percance vial, aprecia este Tribunal que queda controvertida en primer término la prescripción de la acción, y de no existir esta, queda por dilucidar la responsabilidad del accidente de tránsito y en consecuencia la procedencia del daño material demandado. Al actor y demandado corresponde la carga de probar sus respectivas afirmaciones de hecho en cuanto a esta responsabilidad. Se abre la articulación probatoria a partir de la presente fecha todo de conformidad a lo establecido en el articulo 868 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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N° Expediente : KP02-V-2003-001498 N° Sentencia : 144 Fecha: 15/12/2006
Procedimiento:
Perención Breve
Partes:
DEMANDANTE: CARMEN ITALIA HURTADO DE CARUSO; DEMANDADO: MARIA PETROLINA TIMAURE.
Resumen:
En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PERIMIDA la presente instancia, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. En concordancia con el artículo 12 de la Ley de Arancel Judicial, según lo establecido por el Tribunal Supremo de Justicia en la Sala de Casación Civil en Sentencia de fecha 06-07-2004, expediente N° AA20-C-2001-000436. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente, una vez quede firme esta sentencia. No hay condenatoria en costas en razón de lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil. Seguidamente se acordó oficiar al Registrador Inmobiliario del primer Circuito del Municipio Iribarren del Estado Lara, a los fines de que estampe la respectiva nota marginal .
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren
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