Se dictó sentencia interlocutoria en la que este Tribunal se declara incompetente para conocer la presente causa que le fuera declinada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Del Tránsito y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial Del Estado Portuguesa; Por lo que se plantea conflicto negativo de conocer a ser dirimido por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Civil.