este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la oposición formulada por la Abogada Génesis Vargas, inscrita en el IPSA bajo el Número 212.893, actuando en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Civil "Universidad Yacambú", a la admisión de las pruebas promovidas por la parte recurrida Instituto Nacional de Tierras (INTi), a través de su apoderada judicial Abogada Andreina Fernández Briceño., y por consiguiente ordena la admisión de las pruebas promovidas, salvo su apreciación en la oportunidad correspondiente.