En razón de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Tercero Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente INHIBICION planteada por la Abogada ANA CECILIA ACOSTA MALAVE, en su carácter de Jueza Segunda de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara en las causas 15-268-A2, 15-269-A2, 14-220-A2, 14-224-A2, 11-176-A2 y 14-245-A2. (Nomenclatura de ese Tribunal), todas acumuladas en el presente asunto.
SEGUNDO: Se declara SIN LUGAR la inhibición planteada por la JUEZA SEGUNDA DE PRIMERA INSTANCIA AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA Abogada Ana Cecilia Acosta Malave, para no continuar conociendo los ASUNTOS Nº 15-268-A2, relativo a una Medida de Protección Agraria, intentada por los ciudadanos ANGEL RAFAEL SIVIRA Y AUDY OLEGARIO GONZALE.....