este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara SIN LUGAR la cuestión previa opuesta prevista en el artículo 346.6 del Código de Procedimiento Civil en la pretensión de SIMULACIÓN, intentada por el ciudadano MANUEL DAVID TORRES QUEVEDO, contra los ciudadanos GIUSEPPE SOTTILE MACARRONE, MARIA ISABEL FORTIZ DE SOTTILE, ROBERTO SOTTILE FORTIZ y MELFIL LOURDES VALDEZ SAUMELL, previamente identificados.