este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, el presente recurso de amparo constitucional, intentado por la ciudadana ROCIO DEL PILAR BENITEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.202.786, de este domicilio, contra la ciudadana ERNESTINA CAMACHO ZAMBRANO DE JIMÉNEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 2.994.901, y contra la sentencia dictada por el Juzgado Tercero del Municipio Iribarren del Estado Lara, representado por la Juez Patricia Riofrío Peñalosa, en fecha 25 de Noviembre del año 2005.