Visto el convenimiento efectuado por la parte demandada RAMONA ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.088.259, en fecha 30 de Noviembre del 2005, en el presente juicio de Reconocimiento de Filiación Materna, intentado por JOSE ARANGUREN, mayor de edad, sin cédula de identidad, de este domicilio, este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, para que proceda a insertar el presente auto homologatorio en el Libro de Nacimientos del corriente año, de tal manera que haga las veces de Acta de Nacimiento del ciudadano JOSE ARANGUREN, nacido en el Hospital Antonio María Pineda en fecha 06 de Abril de 1975 en Barquisimeto, Estado Lara, hijo .....