REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, dieciocho de julio de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-F-2005-000266

Visto el convenimiento efectuado por la parte demandada RAMONA ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.088.259, en fecha 30 de Noviembre del 2005, en el presente juicio de Reconocimiento de Filiación Materna, intentado por JOSE ARANGUREN, mayor de edad, sin cédula de identidad, de este domicilio, este Juzgado Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, para que proceda a insertar el presente auto homologatorio en el Libro de Nacimientos del corriente año, de tal manera que haga las veces de Acta de Nacimiento del ciudadano JOSE ARANGUREN, nacido en el Hospital Antonio María Pineda en fecha 06 de Abril de 1975 en Barquisimeto, Estado Lara, hijo de RAMONA ARANGUREN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 3.088.259.-
El Juez,

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario,

Abg. Greddy Eduardo Rosas Castillo
OERL/mm