este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA:
1) MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA, tendiente a oficiar al Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, mediante el cual se manifieste y ponga en conocimiento del Registro y a los terceros, el presente juicio por nulidad de asamblea de junta directiva, asimismo se abstenga de registrar cualquier acto de tramitación, bien sea de Asamblea o cualquier otro acto que involucre a la Firma Mercantil DISEÑOS ESTRUCTURALES C.A., Debidamente Inscrita Por Ante El Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, bajo el Numero 19, Tomo 10-A, de fecha veintisiete (27) de Febrero de 199. Líbrese Oficio.
2) En cuanto a la Medida de PROHIBICION DE ENAJENAR Y GRAVAR; este Tribunal insta a la parte solicitante a consignar el documento de propiedad del bien inmueble sobre el cual recaerá la medida.