éste Juzgado Tercero de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA PREVENTIDA DE EMBARGO, sobre bienes propiedad del demandado JESUS RAFAEL FIGUEROA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 12.435.660, de este domicilio, actuando bajo la firma unipersonal REFRIGERACION FRIO MAXIMO, inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en fecha 16/10/2002, bajo el Nº 1, folio 4, Tomo 9-B, según acta constitutiva estatutaria, hasta cubrir la suma de DIEZ MIL OCHENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD 10.080.00), si la medida recae sobre bienes propiedad del demandado, o la suma de CINCO MIL CUARENTA DOLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA (USD 5.040.00), si la medida recae sobre dinero en efectivo o al cambio a la tasa oficial del Banco C.....