este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la pretensión de DIVORCIO propuesta por la ciudadana MARIA FERNANDA BUSTAMANTE CASTELLANO, debidamente asistida por el abogado en ejercicio CESAR ARNALDO JIMENEZ PERAZA, contra el ciudadano MARCOS ALEJANDRO BUSTAMANTE OROCHENA, previamente identificados, con fundamento en la causal segunda del artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: Se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído por las partes en El Municipio Palavecino, estado Lara, Parroquia Agua Viva, emitida por la Comisión de Registro Civil y Electoral, inserta bajo el No. 79 de los libros de Registro Civil de matrimonios llevados porante dicho despacho.
TERCERO: Una vez quede definitivamente firme la presente decisión se procederá a librar oficios a la mencionada autor.....