este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
1. SIN LUGAR la pretensión de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, intentada por los ciudadanos MASSIEL RORAlMA RIVAS ORTA y LLECIT JIMENEZ CABALLERO en contra de la ciudadana AILEEN CAROLINA HERNANADEZ CARRASCO, previamente identificados; y
2. CON LUGAR la Reconvención Propuesta por la segunda de las nombrada en contra de los primeramente nombrados que tiene por objeto la RESOLUCIÓN DE CONTRATO intentada.