Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara; PRIMERO: INADMISIBLE la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN DE COMPRA-VENTA, incoada por la ciudadana JUDITH NAILELLT MONTES, contra el ciudadano JOSÉ ALEXANDER ALVIAREZ VEGA, todos identificados en el encabezamiento de esta decisión; SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.