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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 Barquisimeto, veintinueve de junio de dos mil once
 201º y 152º
 
 ASUNTO: KP02-F-2010-000569
 
 Vista la demanda de PARTICION Y LIQUIDACION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, seguida por la ciudadana SOCORRO DEL CARMEN LEAL SIVIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 1.274.023, de este domicilio, contra el ciudadano VICTOR JOSE ECHEVERRIA ALVAREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 2.536.046, de este domicilio, se observa que desde el 28/06/2.010, fecha en la cual se dictó auto dándole entrada al presente expediente, hasta la presente fecha, no se le dio impulso procesal. En consecuencia, se declara terminado el procedimiento.  Déjese copia.
 
 La Juez
 
 MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
 La Secretaria
 
 ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
 
 MJP/Mónica
 
 
 
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