Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por cumplimiento de contrato de opción a compra intentada por ALEXIS RAMON ARRAEZ LUCENA, en consecuencia, se condena a al demandado ARMANDO ROBERTO MARTINEZ ALVAREZ a otorgar el documento definitivo de venta, mediante el cual transmita al demandante ALEXIS RAMON ARRAEZ LUCENA la propiedad del bien constituido por un apartamento distinguido con el Código Catastral N°13-03-05U01-310-0051-001-0D102034, con N°34, Ubicado en la parte interior del edificio a la Izquierda de la entrada da su frente al Suroeste y esta ubicado al Suroeste del nivel número 03 del edificio denominado D-1, que forma parte del conjunto denominado Manzana ‘’D’’, que a su vez forma parte del Conjunto Urbanización Rio Lama,.....