ste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara Administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA SIN LUGAR, la acción de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE CESIÓN DE DERECHOS, por encontrarse Prescrita la acción intentada, con fundamento en el artículo 1.977 del Código Civil Venezolano vigente, interpuesta por el ciudadano JULIO CESAR VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 2.195.678, en su carácter de Presidente de la Firma Mercantil INVERSIONES JUL & MAR C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo, del Estado Lara, inserto bajo el Nº 17, Tomo 16-A, de fecha 13/03/1992, contra el ciudadano FILIPPO RIZZO SPADARO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.315.648, de este domicilio. Se condena en costas a la parte actora por haber resultado vencida en la interposición de la demanda de conformidad con el.....