Este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de DIVORCIO, intentada por el ciudadano PEDRO JOSÉ BARRETO QUERALES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.318.092, contra la ciudadana CORTEZA EDELMIRA PÉREZ BARRIO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.866.749 y de este domicilio, plenamente identificados.
NOTIFÍQUESE A LA PARTE ACTORA.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los 23 días del mes Septiembre de dos mil quince. AÑOS: 205° y 156º.
En la misma fecha se publicó siendo las 1:21 p.m., y se dejo copia de sentencia Nº 321 y quedó asent.....