Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: CON LUGAR, la acción de DIVORCIO incoada por la ciudadana FLOR ELENA FLORIDO MELENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.440.640, de este domicilio, contra el ciudadano ORLANDO JOSE NOROÑO NUÑEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.251.915, de este domicilio. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal contraído por ante la primera autoridad Civil, de la Parroquia Tamaca del Municipio Iribarren del Estado Lara, asentado bajo el N° 127, del Libro de Registro Civil.
De conformidad con lo establecido en el artículo 173 del Código Civil venezolano vigente, se declara disuelta la comunidad de gananciales que existiere entre las partes.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza .....