Declara CON LUGAR, el Juicio por QUERELLA INTERDICTAL POR DESPOJO, intentado por la entidad mercantil CONSTRUCTORA REINAMAR S.R.L., representada por su apoderado VICTOR AMARO PIÑA, contra los ciudadanos ELVIO NEVES FERREIRA y FERNANDO PIRE, todos anteriormente identificados en autos. En consecuencia, se condena a los querellados. A RESTITUIR, las bienhechurías y la parcela de terreno donde están enclavadas, situada en la Autopista Florencio Jiménez, entre los kilómetros 11 y 12, Barrio La Concordia, al lado de los Tanques del INOS, jurisdicción de la Parroquia Juan de Villegas, de esta ciudad, y cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Con terrenos ocupados por Elvio Neves Ferreira y Fernando Pire; SUR: Con la autopista Florencio Jiménez, que es su frente; ESTE: Con terrenos ocupados por el Instituto Nacional de Obras Sanitarias (INOS) y OESTE: Con terrenos ocupados por el Hotel City Palace,. objeto de la presente acción. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte querella.....