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Decisiones del dia 28/11/2008

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente : KP02-S-2008-9472 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
CARLOS ALBERTO REYES MAJANO
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano: CARLOS ALBERTO REYES MAJANO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL KILOMETRO 3, VÍA AL CASERIO EL PANDITO, PARCELA S/N, JURISDICCION DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: Con bienhechurías de Gregorio Martínez, SUR: Con bienhechurías de Eulogia Suárez, ESTE: Con bienhechuría de Gregorio Martínez y OESTE: Con bienhechuría de Juan Carlos Reyes e Hilda Alejandrina Da Silva. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-11549 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
PEDRO JOSE GIL OROZCO
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano: PEDRO JOSE GIL OROZCO, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL BARRIO EL CORIANO I, AVENIDA PRINCIPAL, CASA N° 85-A, ANTIGUA CARRETERA VIEJA DEL TOCUYO, JURISDICCION DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: Con la iglesia Resurrección del Señor, SUR: Con avenida principal que es su frente, ESTE: Con casa de Marcela Fuentes y OESTE: Con casa de Aura Marina de Gil. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-15683 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
AUDICIO ADOLFO ROJAS ROJAS
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano: AUDICIO ADOLFO ROJAS ROJAS, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: AVENIDA PRINCIPAL DE LA ENTRADA DEL UJANO, SECTOR LA FLORESTA, JURISDICCION DE LA PARROQUIA SANTA ROSA, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: Con local ocupado por la ciudadana Delia Medina, SUR: Con terreno baldío, ESTE: Con la Av. Principal de la entrada del Ujano, que es su frente y OESTE: Con la quebrada la Ruezga. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-F-2008-1359 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
FRANCISCO ANTONIO RODRIGUEZ Y ALICIA DEL CARMEN RODRIGUEZ
Resumen:
este Tribunal observa que el Ultimo Domicilio Conyugal fue fijado en la Via Carora MISPOPAL KM. 47 CASA S/N del Estado Lara, tal como se evidencia del libelo de la demanda, la cual hace evidentemente incompetente por territorio a este Juzgado a mi cargo, es por lo que esta Juzgadora Administrando Justicia en nombre la República y por Autoridad de la Ley: DECLINA LA COMPETENCIA DE LA PRESENTE CAUSA, al Juzgado de Cuarto Primera Instancia en lo Civil Mercantil y transito del Estado Lara, con sede en Carora de conformidad con lo establecido en el Artículo 641 del Código de Procedimiento Civil. Désele salida y remítase con oficio, una vez firme la presente.-
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-10142 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
LEGNA JOSEFINA PERDOMO ROJAS
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana: LEGNA JOSEFINA PERDOMO ROJAS, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL BARRIO LA PEÑA II, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea de quince (15) metros con calle, que es su frente, SUR: Lesbia García, ESTE: Rosa Lucena y OESTE: Octaviano Africano. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-15244 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
ANTONIO JOSE ALVARADO DELGADO
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano ANTONIO JOSE ALVARADO DELGADO, antes identificado, sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: La carrera Manaure con calle Guanapaima, parcela Nro. 141, sector Los Cedros, Urbanización Guaicaipuro, Parroquia Cabudare, Municipio Palavecino del Edo. Lara, con los siguientes linderos: NORTE: Con Yelitza calles; SUR: En línea de 12 metros con calle Manaure que es su frente; ESTE: En línea de 9,75 metros con calle guanapaima, y OESTE: En línea de 8,50 metros con parcela ocupada por Marlene Freites. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-14742 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
HILDA ROSA VARGAS MENA,
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana: HILDA ROSA VARGAS MENA, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: SECTOR LA LUCHA, CALLE 1 SECTOR B, JURISDICCION DE LA PARROQUIA JUAN DE VILLEGAS, MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: Elba González, SUR: Xiomara Urdaneta, ESTE: Calle 1 sector B y OESTE: Carlos Grande. Dejando a salvo los derechos de terceras personas
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-9621 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
MARIA AUXILIADORA TIMAURE DE CASTELLANOS
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana: MARIA AUXILIADORA TIMAURE DE CASTELLANOS, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: LA AVENIDA LOS HORCONES FRENTE A LA URBANIZACIÓN PIEDRA BLANCAS, A UN LADO DEL PARQUE DEL "OESTE FRANCISCO TAMAYO", MUNICIPIO IRIBARREN DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: Con terrenos ocupados por Juan Carlos Peña, SUR: Con terrenos o bienhechurías que son o fueron del ciudadano José Altuve, ESTE: Con segunda transversal que es su frente y OESTE: Con Jazmín Figueroa. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-15439 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
MARIA DEL CARMEN BAEZ BRACAMONTE
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana MARIA DEL CARMEN BAEZ BRACAMONTE, antes identificada, sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: La calle 8, con callejón 8 del Barrio El Jebe, sector El Portachuelo avenida principal El Milagro, Municipio Iribarren del Edo. Lara, con los siguientes linderos: NORTE: Ciudadano José Benítez; SUR: Con la calle 8; ESTE: Ciudadana Eduviges Báez; y OESTE: Calle 8 que es su frente. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

N° Expediente : KP02-S-2008-12171 N° Sentencia : Fecha: 28/11/2008
Procedimiento:
Titulo Supletorio
Partes:
YENNY PASTORA GRATEROL
Resumen:
Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de la ciudadana YENNY PASTORA GRATEROL, antes identificada sobre unas mejoras o bienhechurias ubicadas en: El Barrio La Peña, sector 1, carrera 2, carrera 2, calle Las María, Nro. 40, Municipio Iribarren del Edo. Lara, con los siguientes linderos: NORTE: Con terreno ocupado por el señor Avilio Hernández; ESTE: Con terreno ocupado por la señora Sonia Garrido; SUR: Con terreno ocupado por la señora Tanny Yulibeth Espinoza, y OESTE: Con terreno ocupado por la señora Damary Pereira. Dejando a salvo los derechos de terceras personas
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
arriba

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